¿Cómo se aplicará la “cosecha en verde” en el PASVE 2023?
A falta de su publicación en el BOE, el MAPA ya decidió, tras consultar con los interlocutores del sector y las CC.AA. y analizar la situación actual y previsible del mercado vitivinícola, aplicar la medida de “cosecha en verde” por segunda vez en su historia.
La primera fue en el año álgido de la pandemia de Covid-19, en el que se tuvo que hacer frente, junto a otras medidas extraordinarias (ayudas a la destilación de crisis y al almacenamiento privado de vino) a una fuerte contracción de la demanda de mercado, tras el confinamiento y las restricciones obligatorias impuestas por las autoridades sanitarias a los efectos de evitar la expansión descontrolada del virus.
Entonces, el MAPA dispuso de 10 M€, frente a los 15 millones en el PASVE 2023, para la vendimia “en verde” de parcelas completas en 2020 al amparo de las Denominaciones de Origen (D.O.P.s), siendo 14 las CC.AA. que decidieron su puesta en marcha (todas menos Asturias, Canarias y Cantabria).
Hubo 1.680 solicitantes de esta medida y las hectáreas solicitadas para la “cosecha en verde” alcanzaron 10.002 hectáreas, con una demanda de ayuda de casi 23,26 millones de euros. Debido a que las solicitudes de ayuda superaron el límite presupuestario, tuvo que aplicarse un fuerte prorrateo, con un coeficiente corrector del 43%, siendo beneficiadas finalmente de la ayuda a la recolección “verde” un total de 4.301 ha de viñedo, como se observa en el cuadro adjunto.
Resultados de la medida de “cosecha en verde” en el PASVE 2020
CC.AA. |
Nº Solicitantes |
Hectáreas solicitadas |
Ayuda solicitada (€) |
Ayuda asignada(€) |
Andalucía |
5 |
21,05 |
45.761,66 |
18.677,05 |
Aragón |
12 |
41,33 |
61.956,65 |
26.640,72 |
I. Baleares |
22 |
112,56 |
411.111,91 |
176.773,91 |
Castilla-La Mancha |
294 |
2.311,35 |
3.859.996,69 |
1.659.759,04 |
Castilla y León |
240 |
1.743,78 |
6.631.011,90 |
2.851.267,20 |
Cataluña |
540 |
2.231,58 |
5.521.818,61 |
2.374.325,45 |
Extremadura |
131 |
669,01 |
791.443,10 |
340.312,43 |
Galicia |
5 |
4,75 |
37.155,63 |
15.976,54 |
Madrid |
4 |
57,96 |
55.758,33 |
23.975,51 |
R. Murcia |
52 |
568,65 |
751.808,12 |
323.269,79 |
C.F. Navarra |
33 |
155,70 |
347.413,07 |
149.384,06 |
País Vasco |
11 |
43,21 |
196.243,93 |
84.382,88 |
La Rioja |
106 |
632,83 |
2.258.499,82 |
971.131,79 |
C. Valenciana |
225 |
1.409,19 |
2.286.388,45 |
983.123,62 |
Total |
1.680 |
10.002,95 |
23.256.367,87 |
10.000.000,00 |
Fuente: MAPA.
Por “cosecha en verde” se entiende la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.
Podrán beneficiarse de las ayudas a esta medida los viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva de vinificación y no contravengan la normativa vigente tanto en materia de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las parcelas de viñedo de su explotación, como en relación a las declaraciones obligatorias.
Gestión autonómica
El papel de las CC.AA. en la aplicación de esta medida es determinante, pues son las Administraciones competentes para gestionar las solicitudes de ayuda, supervisar y controlar su ejecución y realizar finalmente el pago correspondiente.
En primer lugar, son las que decidirán si se aplican o no y, en su caso, en dónde, en su territorio, estableciendo un plazo para presentar las solicitudes de ayuda, dentro de los límites fijados en la normativa estatal.
Son las receptoras de las solicitudes de ayuda de los solicitantes, personas físicas o jurídicas, donde estos tengan situadas las parcelas de viñedo, en el modelo de solicitud que determinen. Estas solicitudes podrán contener una o más parcelas completas.
Por su parte, los viticultores deberán aportar, junto a la solicitud de ayuda, como mínimo la identificación del solicitante y para cada una de las parcelas incluidas en la solicitud los datos de identificación, localización y superficie, así como salvo que esa información obre ya en poder de la C.A., el rendimiento medio por parcela de viñedo según las últimas tres campañas finalizadas; la variedad de uva y el tipo de vino producido, según la declaración de cosecha de la campaña anterior y, en su caso, el documento de inscripción en la correspondiente D.O.P. o I.G.P.
También la forma de realización de la “cosecha en verde” (medios propios o por empresa) y método que se va a aplicar (manual y/o mecánico y/o químico) y si la parcela pertenece a explotaciones de titularidad compartida (Ley 35/2011) y, en el caso de que el viticultor no sea propietario de la parcela, deberá aportar una autorización por parte del mismo, o documento justificativo equivalente, salvo que justifique ante las autoridades competentes que no es necesario.
Las CC.AA. son las que decidirán también qué solicitudes de ayuda admiten y podrán acogerse las solicitudes de parcelas (superficie continua de viñedo identificable alfanumérica y gráficamente) completas que se destinen a la producción de uva para vinificación, que hayan sido plantadas previamente a las tres campañas anteriores a aquella en la se solicita ayuda.
Estas solicitudes podrán contener una o más parcelas completas, a partir de un mínimo de 0,3 ha de superficie por parcela y un máximo de 10 ha por viticultor y año. No obstante, las CC.AA. podrán admitir un límite inferior solo para determinadas regiones vitícolas diferencias dentro de su territorio y siempre que lo justifiquen con datos y también podrán reducir la superficie máxima por viticultor y año.
La ayuda a la “cosecha en verde” se calculará como el 50% de la suma de los costes directos de destrucción o eliminación de los racimos de uvas más la pérdida de ingresos vinculada a la destrucción y eliminación de los racimos de uva, pero las CC.AA. podrán establecer un porcentaje menor y decidirán el método de compensación a aplicar según la pérdida de ingresos por cada parcela objeto de ayuda, que será el valor medio de la uva de las tres últimas campañas en la parcela objeto de la ayuda o el importe máximo o baremo estándar de coste unitario por hectárea para los costes directos de destrucción o eliminación de los racimos de uva para cada una de las formas de eliminación (mecánica, manual, química), incluyendo en su caso el valor de las contribuciones en especie.
Las CC.AA. podrán elegir también los criterios de prioridad ligados a las parcelas o al propio solicitante, y añadir alguno más en cada categoría según la estrategia y objetivos específicos que fijen en su territorio, sin que la puntuación por parcela supere los 23 puntos.
Serán también las partícipes de todo el proceso de selección de parcelas y de elaboración de un listado provisional y luego de uno definitivo de parcelas admisibles y priorizadas, a remitir al MAPA, que se encargará de elaborar la lista definitiva de parcelas admitidas y de comunicárselo, a su vez, a cada autonomía, teniendo en cuenta el presupuesto disponible.
Si este no es suficiente, se dará prioridad a las parcelas con mayor puntuación en la valoración, hasta agotar el presupuesto y, en su caso, a las de mayor superficie o según el registro de entrada.
Las CC.AA. resolverán las solicitudes y notificarán la concesión de ayudas a los interesados, estableciendo un plazo no superior a 10 días para la presentación de renuncias de las solicitudes aprobadas.
Por último, la ayuda se pagará una vez que la autonomía haya comprobado sobre el terreno que se ha ejecutado correctamente la operación. Las CC.AA. establecerán una fecha de ejecución de la “cosecha en verde” en función de las condiciones de sus viñedos, pero que no podrá sobrepasar el 16 de julio.
FUENTE: SEVI.NET
Quisiera saber cuando se publican las condiciones para vendimia en verde en Castilla La Mancha